Economía

Coca-Cola Femsa pide protección contra un nuevo etiquetado

Coca-Cola Femsa espera la resolución de un amparo contra el ley de etiquetado promulgada en marzo de 2020 y advierte que esta reforma podría afectar los negocios del país.

“La Compañía presentó una demanda contra esta reforma, la cual está pendiente de resolución. La Compañía no puede garantizar que esta reforma no tendrá un efecto adverso en su negocio y los resultados de sus operaciones en México ”, dijo la empresa al Bolso mexicano.

Coca-Cola explicó que nueva ley de etiquetado establece que a partir del 1 de octubre de 2020, todo el portafolio de la empresa, excepto agua, deberá cumplir con estos nuevos lineamientos de etiquetado, el primero aún cuando los Productos etiquetados de acuerdo con lo anterior NOMBRE-051 puede permanecer en el mercado hasta el 30 de noviembre de 2020.

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La empresa recordó que también presentó otra protección contra la Ley Integral de Prevención y Manejo de Residuos Sólidos, publicado en junio de 2019 en Oaxaca, para prohibir el uso, comercialización y distribución de botellas de resina PET desechables para botellas de agua y cualquier otra bebida en esa entidad.

“Como resultado, el 30 de julio de 2019, dos subsidiarias mexicanas de la Compañía interpusieron una demanda de amparo contra esta reforma y solicitaron una suspensión provisional, la cual fue denegada. Este proceso continúa y está pendiente de resolución. La empresa no puede garantizar que los juicios que emprenda tendrán el efecto deseado o que la reforma no tendrá un impacto material en su negocio y los resultados de sus operaciones en México ”, dijo la empresa.

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Nuevo etiquetado

Este nuevo etiquetado llegó a envases de alimentos con mayor contenido calórico, azúcar, grasa y sodio.

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Actualmente, hay varios alimentos y bebidas preenvasados ​​que traen y obedecen el nuevo etiquetado, el cual será obligatorio a partir del 1 de octubre, aunque no hay sanciones para quienes no cumplan hasta el 30 de noviembre, es decir, se cumplen 60 días de gracia. .

Esto debe hacerse bajo el Norma estándar de comida mexicana 51 NOM-051-SCFI / SSA-2010, que requiere especificaciones generales de etiquetado para alimentos preenvasados ​​y bebidas no alcohólicas, información comercial y de salud en la que se solicita alertar al consumidor con sellos negros octogonales sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas, sodio, calorías y grasas saturadas.

Federico Pareja

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